Con varias modificaciones, quedó convalidado el Código de Ordenamiento Urbano
La Suprema Corte de la Provincia realizó observaciones a diferentes artículos del COU que se no se adecuaban a las leyes provinciales y nacionales. Con 15 votos a favor, 7 negativos y una abstención el Municipio logró convalidar el Código de Ordenamiento.
El Código de Ordenamiento Urbano, que regula el crecimiento de la ciudad, quedó convalidado Por María Belén Bartoli
@mbbartoli
El Ejecutivo terminó de cerrar un proyecto que, desde su concepción, fue más que polémico y criticado por varios sectores de la ciudad. El Código de Ordenamiento Urbano que tantos dolores de cabeza le trajo a la Comuna, tuvo su rectificación final luego de que el Concejo Deliberante convalidara el mismo e introdujera importantes cambios, ordenados por la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires.
Con mayores dudas que certezas, el oficialista Juan Pedro Chaves fue el encargado de explicar las modificaciones al Código. El edil afirmó que “se mejoró la redacción del famoso CUOT, en donde se dejó bien claro cuál es la función del mismo”. A pesar de no recordar los nombres de cada uno de los integrantes del Consejo Único de Ordenamiento Territorial, Chaves remarcó que el mismo era “sólo un órgano de consulta”, característica que no sufrió modificación alguna.
Al respecto, el edil opositor Tangorra salió al cruce y señaló que en el anterior Código, el CUOT “era un acto de autoimposición en las funciones del Ejecutivo, ya le recortaba facultades en pos de cuidar el patrimonio”. Es así como “había especialistas ajenos al oficialismo y Ejecutivo para defender y proteger el patrimonio”. En cambio, el edil indicó que “ahora el CUOT va en contraposición porque la gran mayoría de los miembros son del Ejecutivo, de las corporaciones inmobiliarias y del oficialismo”.
Cambios. Entre la avenida 32 a la avenida 38 y de la calle 6 hasta la 14 la altura máxima para la construcción de edificios será, como máximo, de hasta seis pisos. Allí se derogó la posibilidad de que la empresa constructora, al realizar “compensaciones urbanísticas” como la creación de cocheras o parques, quede habilitada a edificar con mayores alturas.
También se suprimió el artículo 189 que facultaba al Municipio a “regular” de forma “particular” emprendimientos tales como cementerios y clubes de campo. Asimismo se derogaron, entre otros, los artículos 21, 24, 341, 346 y 347. Es así como los “clubes de Campo” no entrarán dentro de las zonas de reserva rural y no quedarán delimitados ni aprobados por el Concejo Deliberante.
El artículo 341 proponía la creación de un “Instituto para la Reformulación Normativa”, que aún estando en plena vigencia el COU nunca se llevó adelante por el Municipio. El mismo tenía como objetivo “elaborar propuestas para las modificaciones y actualizaciones normativas”. Otro de los artículos derogados señalaba que el Ejecutivo debía “remitir anualmente al Concejo Deliberante un informe evaluativo” que jamás llevó adelante.
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